La nobleza es el grupo social que disfruta, por nacimiento o por concesión del soberano, de un rango superior y de privilegios reconocidos por la ley o la costumbre. En la Europa medieval y moderna fue uno de los tres órdenes o estamentos de la sociedad, junto con el clero y el estado llano. Según la teoría de los tres órdenes que formularon los clérigos hacia el año 1000, unos rezaban, otros combatían y otros trabajaban, y a la nobleza le correspondía combatir. De esa función guerrera derivaban, en teoría, sus privilegios.
La nobleza europea se formó en la Edad Media a partir de los guerreros a caballo que servían a reyes y grandes señores a cambio de tierras y derechos. Con el tiempo, la condición se volvió hereditaria y se transmitía por línea paterna. Dentro de ella había grandes diferencias. En la Corona de Castilla, en lo más alto estaban los títulos (duques, marqueses, condes) y, desde Carlos I, los Grandes de España; abajo, una nobleza baja muy numerosa de hidalgos y caballeros, que a menudo no tenía más riqueza que su condición. En el norte peninsular la hidalguía estaba tan extendida que en Vizcaya y Guipúzcoa se reconoció una hidalguía universal a todos los naturales del territorio.
Sus privilegios eran de varios tipos. Fiscales: la exención de los impuestos directos que pagaban los pecheros. Judiciales: tribunales propios, la prohibición de ser sometidos a tortura o de ser encarcelados por deudas, y penas distintas. Honoríficos: precedencia, tratamientos y el derecho a usar escudo de armas. Y, sobre todo, económicos: muchos nobles eran señores que ejercían jurisdicción sobre villas y lugares, cobraban rentas a los campesinos y nombraban a las autoridades locales. Para que los patrimonios no se dividieran entre herederos, se vinculaban en mayorazgos que pasaban íntegros al primogénito. La nobleza era un grupo bastante cerrado, pero no del todo: los reyes concedían títulos a militares, funcionarios y, cada vez más, a comerciantes y banqueros enriquecidos, y la venta de hidalguías fue una fuente de ingresos de la Corona en los siglos XVI y XVII.
Las revoluciones liberales acabaron con la nobleza como estamento. En Francia, la Asamblea Nacional abolió los privilegios en la noche del 4 de agosto de 1789. En España, las Cortes de Cádiz abolieron los señoríos jurisdiccionales en 1811, y las leyes desvinculadoras de 1820 y 1836-1841 suprimieron los mayorazgos. Desde entonces los títulos nobiliarios son en España meras distinciones honoríficas, sin privilegio jurídico alguno, que el rey sigue concediendo y que se rigen por normas propias de sucesión. Desde la Ley 33/2006 se transmiten sin preferencia del varón sobre la mujer.
Que la nobleza perdiera sus privilegios legales no significó que perdiera su posición. Muchas familias nobles conservaron grandes patrimonios agrarios, sobre todo en Andalucía y Extremadura, y se fundieron durante el siglo XIX con la alta burguesía mediante matrimonios y negocios, formando la oligarquía que dominó la Restauración. Fuera de Europa, el término se aplica por analogía a grupos hereditarios de rango superior en otras sociedades, como los samuráis y los daimyō del Japón Tokugawa.
Alta nobleza y baja nobleza – Nobleza media – Pueblo llano – Antiguo Régimen – Tercer estado (estado llano) – Estamentos (sociedad estamental)